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Samborondón aplica multas a quienes incumplan ordenanza que controla la contaminación ambiental por emisión de ruido: Conoce los casos sujetos a sanciones

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Desde la segunda semana de junio de 2022 está vigente en el cantón Samborondón, provincia del Guayas, la Ordenanza para controlar la contaminación ambiental por la emisión de ruido de fuentes fijas y móviles.

La normativa municipal será regulada por la Alcaldía de Samborondón a través de la Comisaría del cabildo y la Policía Municipal.

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Los samborondeños que deseen denunciar contaminación ambiental por emisión de ruido y solicitar que se aplique la ordenanza lo podrán realizar a través de una llamada al 911, que dirige la Policía Municipal al sitio.

Foto: Alcaldía de Samborondón

Para la petición no será necesario documento escrito ni la identificación para atender la denuncia del ciudadano.

Casos en que se aplica la ordenanza de contaminación ambiental en Samborondón

La nueva ordenanza se aplicará a toda actividad industrial, comercial, artesanal, individual, domiciliaria y de servicio.

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Esto incluye los establecimientos, centros de diversión, bares, discotecas, centros comerciales, restaurantes y centros educativos.

La normativa también se emplea para los ruidos emitidos por alarmas, generadores, vehículos motorizados y bocinas.

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Procedimiento y multas

Un comunicado de la Alcaldía de Samborondón explica que una vez presentada la denuncia, los uniformados comprobarán los decibeles emitidos desde la fuente de ruido para proceder con las debidas sanciones.

Foto: Alcaldía de Samborondón

Las multas se aplicarán de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo Ministerial 097 A. Anexo 5: Niveles máximos de emisión de ruido.

Los niveles máximos permisibles están fijados en función del tipo de zona según el uso de suelo y horario, añade el reporte.

En el caso de las fuentes móviles motorizadas, los niveles de ruido permisibles serán los definidos por la autoridad competente.

Las sanciones varían desde un 10% a un 50% de una Remuneraciones Básicas Unificadas (RBU), hasta de 1 a 5 RBU.

La reincidencia provocaría la clausura indefinida de la actividad, hasta que se remedie la acción, y se duplicaría la multa monetaria.

Dar información falsa también será sancionado. (I)

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