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Estas son las excepciones a la Ordenanza que prohíbe dos ocupantes en motocicletas en Quito

Entre enero de 2021 y agosto de 2023, se identificaron 122 casos mensuales de delitos cometidos en motocicletas.

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Las cifras sobre inseguridad y delincuencia en Quito habrían promovido la aprobación el Proyecto de Ordenanza Reformatoria, que incluye el Control de la Circulación de Motocicletas en el Distrito. El Concejo Metropolitano lo realizó el martes 9 de julio de 2024.

Entre enero de 2021 y agosto de 2023, se identificaron 122 casos mensuales de delitos cometidos en motocicletas, según datos de la Policía Nacional, es uno de los datos que sde consideró.

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Ahora, para poner en marcha la disposición, la Secretaría de Movilidad, la Agencia Metropolitana de Tránsito y los entes de seguridad nacionales deben coordinarse, esto es parte de la normativa.

Según el concejal Bernardo Abad, la misma Agencia Nacional de Tránsito (ANT) ya estableció en 2022,  las respectivas excepcionalidades, mismas que se ratifican en el proyecto de Ordenanza.

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Cuáles serán las excepciones en Quito

Se consideran excepciones al o la cónyuge o conviviente, unión de hecho, hijos, hermanos del conductor, personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres, menores de 12 años y quienes realicen servicios públicos en cumplimiento de sus funciones.

Pero en caso de incumplir la norma, el Código Orgánico Integral Penal,  dispone una multa por infracción del 15 % de un salario Básico Unificado (SBU), es decir, USD 69. No se aplicará retención del vehículo.

Al momento el Concejo Metropolitano también revisa una regulación el servicio de deliverys en la capital.

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(I)

 

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