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Prueba de COVID-19 seguirá siendo obligatoria en el aeropuerto de Guayaquil

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Hasta el próximo 21 julio, en el aeropuerto de Guayaquil se exigirá a los pasajeros de vuelos nacionales que arriben desde Quito, la prueba de COVID-19, desde el lugar de origen. Así lo ratificó el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) cantonal en su sesión semanal. De acuerdo a la autorización emitida por el COE […]

ELa vigilancia activa, en el periodo comprendido entre el 21 y 25 de septiembre, en los 18 sectores programados, abarcó a un total de 24 975 familias. Foto: Archivo
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Hasta el próximo 21 julio, en el aeropuerto de Guayaquil se exigirá a los pasajeros de vuelos nacionales que arriben desde Quito, la prueba de COVID-19, desde el lugar de origen. Así lo ratificó el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) cantonal en su sesión semanal.

De acuerdo a la autorización emitida por el COE Nacional, para aplicar la medida, los pasajeros deberán cumplir con una prueba PCR o cuantitativa negativa, realizada en laboratorios autorizados hasta 72 horas antes del abordaje.

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Quienes no tengan estas pruebas, podrán hacerse pruebas rápidas en laboratorios autorizados o en los puntos habilitados en los aeropuertos, hasta con 24 horas de anticipación al día y hora de vuelo. Si el resultado de la prueba rápida cualitativa da un IGM positivo, el viajero no podrá embarcarse hasta que se realice una prueba PCR que muestre un resultado negativo.

Si la prueba rápida cualitativa indica solamente control/test, y no indica IGM e IGG, un resultado de test positivo anulará la posibilidad de embarque del viajer. A partir del 21 de julio, las pruebas serán aleatorias en el puerto de embarque.

Las empresas concesionarias de Quito y Guayaquil coordinarán la toma de pruebas en conjunto con las autoridades sanitarias y municipales. Para vuelos domésticos, en el caso de las personas que realizan el aislamiento preventivo obligatorio (APO), en alojamiento temporal, no deberán realizarse la prueba PCR, puesto que el certificado de comunicación de APO emitido por el MSP será el documento habilitante para abordar el vuelo.

Este trabajo se coordinará con la Dirección de Salud e Higiene del Municipio y el Ministerio de Salud Pública, para dar cumplimento a lo dispuesto por el COE Cantonal y Nacional. (I)

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