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Esto pidió Aquiles Alvarez a la prefecta del Guayas por el paso elevado en la Av. del Bombero

La infraestructura cuenta con un financiamiento de $ 15,4 millones, proveniente de un crédito de la CAF.

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El alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, mantiene su postura a favor de la construcción del paso elevado en la avenida del Bombero, pese a la orden del Gobierno central de revocar el permiso ambiental.

Este domingo 27 de julio de 2025, Alvarez exhortó públicamente a la prefecta del Guayas, Marcela Aguiñaga, a no revocar el permiso. Argumentó que ya se había emitido un Registro Ambiental válido y que la resolución del Gobierno carece de sustento legal.

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Además, con apoyo técnico, político y ciudadano, el Municipio rechazó la instrucción del Ministerio de Ambiente (Maate), el 24 de julio, que solicitó a la Prefectura del Guayas anular el Registro Ambiental otorgado para esta obra vial. La infraestructura cuenta con un financiamiento de $ 15,4 millones, proveniente de un crédito de la CAF.

Aquiles Alvarez cuestiona decisión del Maate

Según el alcalde, la revocatoria no tiene justificación. A través de un mensaje difundido en redes sociales, aseguró que "toda resolución debe estar motivada" y que, en este caso, no existen hechos reales que respalden esta decisión.

También se refirió al artículo 76, numeral 7, de la Constitución, que establece que toda resolución administrativa debe basarse en hechos y motivaciones claras. Afirmó que en este expediente no hay análisis técnico ni inspecciones, y reiteró que no se talará ningún árbol; al contrario, se sembrarán especies nativas.

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Irregularidades detectadas por el Ministerio de Ambiente

El Maate, actualmente en proceso de fusión con el Ministerio de Energía, justificó su decisión con tres hallazgos técnicos.

Primero, el proyecto fue categorizado con un impacto ambiental alto, lo que exige una Licencia Ambiental y no solo un registro.
Segundo, se detectaron incumplimientos en las obligaciones del permiso ambiental emitido.
Y tercero, se identificó una posible infracción muy grave, contemplada en el artículo 318 del Código Orgánico del Ambiente.

(I)

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