Comunidad
COE Cantonal presenta nueva resolución este 30 de marzo: Mira una guía de las modificaciones en las restricciones para Guayaquil
Este 30 de marzo de 2021, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonal de Guayaquil presentó una nueva resolución sobre las medidas para feriado de Semana Santa y abril. Entre las modificaciones se encuentran el horario de restricción vehicular y de operación comercial.
Las limitaciones impuestas en el cantón tendrán vigencia desde las 00:00 del 31 de marzo hasta el 10 de abril de 2021.
Restricción vehicular
El comité aplicará restricción vehicular particular desde las 19:00 hasta 05:00 del día siguiente. La medida se acogerá en su totalidad con la resolución del COE Nacional, que se aplica en los ejes viales (carreteras). Es decir, la circulación queda de la siguiente manera:
- Jueves 1 de abril: No circula vehículos con placa impar
- Viernes 2 de abril: No circula vehículos con placas par
- Sábado 3 de abril: No circula vehículos con placa impar
- Domingo 4 de abril: No circula vehículos con placa par
Guayaquil mantiene las excepciones de esta medida en el abastecimiento de alimentos, salud, atención a sectores estratégicos y de control, transporte desde y hacia el aeropuerto.
Operación comercial, eventos y delivery
- El horario de operación comercial y de oficinas públicas y privadas será hasta las 16:00 con los aforos previamente aprobados. Por lo tanto, toda operación no esencial deberá hacerse por teletrabajo.
- De acuerdo al COE-C, la operación de los servicios de entrega a domicilio podrán operar las 24 horas.
- Los cines y teatros operarán al 30% de su aforo máximo hasta las 16:00.
- Los establecimientos se limitarán a 25 personas, esto incluye hoteles, salones de eventos especializados y centros de convenciones que realicen eventos sociales y corporativos.
- No se autorizarán desfiles, concursos, bingos, juegos de cartas, procesiones y espectáculos que ocupen espacios públicos.
Consumo y venta de bebidas alcohólicas
La nueva resolución ratifica la prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y de moderación en la vía pública. Asimismo, regula el expendio de estos productos en licoreras, depósitos, minimarkets, gasolineras, restaurantes y locales autorizados de distribución al por menor.
Además, la resolución resalta lo siguiente: (I)