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Agentes ciclistas socializan la normativa para seguridad en las ciclovías de Quito

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Los ciudadanos que se desplazan por las ciclovías de Quito ahora cuentan con el respaldo y apoyo de 20 agentes civiles de tránsito ciclistas del ‘Grupo de Movilidad Urbana’ de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT). Este equipo fue conformado por la iniciativa y voluntad de servicio a la ciudadanía de los funcionarios, quienes, desde […]

La AMT hace un llamado a los conductores a que no obstaculicen los tramos de circulación de actores viales vulnerables como peatones y ciclistas. Foto: Cortesía
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Los ciudadanos que se desplazan por las ciclovías de Quito ahora cuentan con el respaldo y apoyo de 20 agentes civiles de tránsito ciclistas del ‘Grupo de Movilidad Urbana’ de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT). Este equipo fue conformado por la iniciativa y voluntad de servicio a la ciudadanía de los funcionarios, quienes, desde el punto de vista del usuario, velan por su seguridad.

El grupo desarrolla operativos preventivos en los carriles exclusivos para ciclistas, en los que socializa la normativa, medidas de bioseguridad y ayuda al desplazamiento de quienes van en ‘bici’ para que puedan cruzar los tramos de mayor afluencia.

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En su tiempo de operación, la agrupación ha identificado al mal uso de espacio público como uno de los mayores incumplimientos por parte de los actores viales, por lo que trabaja en acciones para evitarlo, al igual que para facilitar la libre y segura circulación de ciclistas.

Es por ello, que la AMT hace un llamado a los conductores a que no obstaculicen los tramos de circulación de actores viales vulnerables como peatones y ciclistas.

El artículo 390 numeral 19 del Código Integral Penal establece como contravención de quinta clase la invasión del conductor con su vehículo, circulando o estacionándose, en las vías asignadas para uso exclusivo de los ciclistas, cuya multa es el 15 % de un salario y la reducción de 4.5 puntos en la licencia de conducir.

También la agrupación ha evidenciado la circulación de ciclistas por lugares no permitidos, que se encuentra tipificado en el artículo 392 numeral 12 del Código Integral Penal, COIP y el irrespeto a señales de tránsito, artículo 392 numeral 14.

Ante ello, la AMT destaca la necesidad de que sus funcionarios destinen sus esfuerzos para crear una cultura de movilidad sostenible y alineada a la normativa en la ciudad. Todo ello propiciará la seguridad de los ciclistas en las rutas. (I)

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