Ecuador
Subsecretaría de Calidad e Inocuidad emite medidas a implementar por establecimientos acuícolas que exportan al mercado chino
Con el fin de verificar el cumplimiento del Acuerdo Ministerial MPCEIP-DMPCEIP-2020-0071, sobre la prevención y control de riesgos relacionados al contagio de Covid-19, que incluyen las acciones necesarias para precautelar la salud de trabajadores y así evitar contaminación cruzada en establecimientos acuícolas y pesqueros, la Subsecretaría de Calidad e Inocuidad notificó a la Cámara Nacional […]
Con el fin de verificar el cumplimiento del Acuerdo Ministerial MPCEIP-DMPCEIP-2020-0071, sobre la prevención y control de riesgos relacionados al contagio de Covid-19, que incluyen las acciones necesarias para precautelar la salud de trabajadores y así evitar contaminación cruzada en establecimientos acuícolas y pesqueros, la Subsecretaría de Calidad e Inocuidad notificó a la Cámara Nacional de Acuacultura las medidas que deben implementar los establecimientos acuícolas que exportan camarón al mercado chino.
Según un comunicado del Ministerio de Producción Comercio Exterior Inversiones y Pesca, el enunciado enfatiza que los establecimientos autorizados que constan en la lista de la Administración General de Aduanas de la República Popular de China (GACC), para exportar a este mercado, están sujetos al cumplimiento de protocolos de bioseguridad para el personal, control del producto, control de limpieza y desinfección de contenedores y la verificación de cumplimiento por parte de la Subsecretaría de Calidad e Inocuidad.
En este sentido, las empresas deben reforzar y asegurar las medidas de desinfección e higiene del personal, en especial el que está en contacto con el producto y los empaques. Además, se debe proporcionar equipos de protección personal e insumos para evitar el contagio entre los trabajadores y la posible contaminación de superficies; a esto protocolos se incluye la realizar pruebas de Covid-19, de modo que reduzca el riesgo de contagio de los empleados y la protección de los productos procesados.
También se debe implementar los procedimientos operativos estandarizados de sanitización que garanticen la desinfección de las áreas de procesamiento de producto, bodega de almacenamiento de material de empaque, así como de los empaques utilizados durante todo el proceso.
Los lotes del producto manipulado por un posible contagio deberán ser segregados e identificados debidamente hasta que se pueda confirmar o descartar la sospecha; si existiese un positivo para Covid-19, el producto no podrá ser exportado a China. El establecimiento que no cumpla con lo establecido se le suspenderá la emisión de los certificados sanitarios para ese país.
El Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, a través de la Subsecretaría de Calidad e Inocuidad, realizará inspecciones para corroborar el cumplimiento de las normas y asegurar que las exportaciones de camarón cuenten con garantías de sanidad e inocuidad. (I)
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