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Ecuador

Se extiende el estado de excepción hasta agosto, decreto busca un control de la COVID-19 y la necesidad de reactivar la economía

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El presidente Lenín Moreno suscribió, ayer 15 de junio, el Decreto Ejecutivo No. 1074 para ampliar por 60 días más el estado de excepción que rige en Ecuador. La decisión del primer mandatario se debe a la pandemia de la COVID-19 y se muestra como solución para evitar su propagación.

En el documento de 13 artículos, emitido la noche de ayer, se indica que la resolución busca “por un lado, continuar con el control de la enfermedad a través de medidas excepcionales necesarias para mitigar el contagio masivo, y por otro, establecer mecanismos emergentes que permitan enfrentar la recesión económica, así como la crisis fiscal”.

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El oficio contempla que todas las entidades del Ejecutivo -en especial los ministerios de Finanzas, Agricultura, Producción y Trabajo- deben coordinar esfuerzos para reactivar las actividades económicas, particularmente, en las provincias más afectadas por la presencia del coronavirus y en aquellas que aún siguen en color rojo, de acuerdo con el sistema de semáforización de riesgo que está vigente en el país.

Además, continúan suspendidos los derechos a la libertad de asociación, reunión y tránsito. Las limitaciones a este último buscan mantener las medidas de aislamiento y distanciamiento social. No obstante -a fin de reactivar la economía y paralelamente, respetar dichas medidas- las carteras de Agricultura y Producción coordinarán con el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE-N) acciones para retomar las actividades laborales y productivas, cumpliendo con los debidos protocolos de bioseguridad.

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Moreno mencionó que se mantiene el toque de queda, y los horarios y mecanismos de restricción seguirán en manos del COE nacional, en función del color de semáforo adoptado por las autoridades de cada cantón. Asimismo, en cuanto al rol de las Fuerzas Armadas (FF. AA.), el Decreto Ejecutivo N°1074 determina: “Reafírmese que su participación en el restablecimiento del orden público es complementaria a las acciones de la Policía Nacional en cumplimiento del marco legislativo vigente en materia de seguridad pública y del Estado”.

Además, la normativa dispone que se podrán ejecutar las requisiciones necesarias para mantener los servicios que garanticen la salud pública, el orden y la seguridad en todo el territorio. Se prevé que este aspecto se aplique en casos de extrema necesidad y en estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico.

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Este es el tercer Decreto Ejecutivo en torno al estado de excepción, que el primer mandatario ha suscrito durante la emergencia sanitaria. El primero lo firmó el 16 de marzo y el segundo, el pasado 15 de mayo. (I)

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