Estudiante agrede a otra en Quito: abogados explican sanciones que podría tener
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¿Qué sanciones legales podría tener la estudiante que agredió a otra en Quito?: esto explican abogados

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Quiénes grabaron el acto también podrían enfrentar consecuencias desde la ley.

-- QUITO (25-06-2025).- Dos estudiantes de la Unidad Educativa Fiscal "Satiago de Guayaquil", protagionizaron una pela. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO.
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Una escena de violencia escolar fue grabada en el parque Itchimbía, en el centro de Quito. El hecho ocurrió el viernes 20 de junio de 2025 cerca de una institución educativa de Quito. En redes sociales se difundió un video del momento. En él se observa cómo una de las alumnas golpea en varias ocasiones a la otra, ante la mirada de varios compañeros. Ninguno intervino. Algunos grabaron. Otros alentaron.

La menor recibió atención médica. Tiene hematomas e inflamación por los golpes. Está en casa, en proceso de recuperación. Al menos 20 estudiantes estarían involucrados. 

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¿Qué dicen los abogados sobre el hecho ocurrido en Quito?

La doctora en Jurisprudencia Sybel Martínez, especialista en violencia escolar y presidenta de la Fundación Grupo Rescate Escolar, explicó que al tratarse de una agresión, debieron activarse los protocolos de actuación institucional y presentarse la denuncia penal. Según Martínez, la Fiscalía evaluará si se trata de una contravención o delito, en función del examen médico legal.

"El acoso escolar se tipifica como contravención", agregó. En este caso, también la Junta Distrital de Resolución de Conflictos debió intervenir. Una de las medidas administrativas es la separación temporal de la estudiante agresora. Aunque, por tratarse de temporada de vacaciones, el efecto de esta medida podría ser limitado, afirmó.

También se evaluará si la falta puede considerarse muy grave, de acuerdo con el régimen disciplinario estudiantil de la unidad educativa. Si se lo determina así, la sanción podría ser la separación definitiva de la institución. Los demás estudiantes también podrían enfrentar sanciones.

"El hecho de grabar, alentar o no intervenir puede constituir una falta grave, como alterar la convivencia escolar", expresó. 

Al respecto, Martínez aclara que, si una persona mayor de edad grabó el hecho, podría enfrentar sanciones más severas, ya que estaría infringiendo el artículo 178 del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona con prisión de uno a tres años a quien grabe sin consentimiento a menores de edad.

"La persona que, sin contar con el consentimiento o la autorización legal, acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique datos personales, mensajes de datos, voz, audio y vídeo, objetos postales, información contenida en soportes informáticos, comunicaciones privadas o reservadas de otra persona por cualquier medio, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años", dice el artículo.

Asimismo, Martínez recalca que el artículo 52 del Código de la Niñez prohíbe la difusión de imágenes o datos personales de menores de edad sin autorización expresa de sus representantes legales. Añade que, con la Ley de Protección de Datos, los menores gozan de una especial protección.

Por su parte, Alberto Montenegro, docente universitario de derecho constitucional y abogado litigante, explicó que por tratarse de una menor de edad, el proceso debe realizarse dentro del sistema de justicia juvenil. La Fiscalía ya abrió una investigación. Si las lesiones no superan los tres días, el caso podría resolverse como una contravención.

Sin embargo, Montenegro afirmó que, si la entidad fiscal analiza una posible tentativa de asesinato y lo comprueba, la agresora podría enfrentar penas más graves.

"Si eso se confirma, la agresora podría enfrentar hasta ocho años de privación de libertad, bajo medidas socioeducativas, no penales como en adultos", indicó. Entre esas medidas se podría incluir el internamiento provisional o domiciliario.

Los testigos que grabaron, alentaron o no intervinieron, también podrían enfrentar responsabilidad penal, dijo. Si son menores de edad, serían procesados por el mismo sistema de adolescentes infractores.

Por otra parte, a decir del abogado consultado, en casos de violencia física leve, especialmente si la persona agresora es menor de edad, sí es posible llegar a una conciliación. De concretarse un acuerdo, el expediente se eliminaría por completo: "literalmente se lo destruiría", explicó. Esta medida busca evitar la revictimización de ambas partes.

No obstante, cuando se trata de violencia psicológica, la conciliación ya no es posible, particularmente si la persona que graba o difunde el video es mayor de edad. "En esos casos, no cabe acuerdo entre las partes, y la responsabilidad penal se mantiene", apuntó.

Montenegro subrayó que todo dependerá del informe pericial médico. Si las lesiones se consideran leves, el caso no escalaría. Pero si se comprueban heridas graves o intento de asesinato, la sanción podría ser más estricta. "Eso complica la situación jurídica y personal de la agresora", concluyó.

(I)

Marco Criollo
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