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Ecuador

Qué pasará ahora con la Ley de Interrupción de Embarazo en caso de violación que aprobó la Asamblea Nacional

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La Asamblea de Ecuador aprobó el jueves 17 de febrero de 2022 la Ley de Interrupción de Embarazo en caso de violación, decisión que requirió dos votaciones. En la segunda obtuvo 75 votos y el debate sobre el aborto sigue encendido.

La ley, divulga EFE, no termina de satisfacer a grupos de mujeres porque consideran reducido el plazo que da para interrumpir el embarazo.

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Plazos de la Ley del aborto en caso de violación

Esta ley contempla que las mujeres víctimas de violación que hayan quedado embarazadas puedan interrumpir la gestación hasta las 12 semanas.

Y excepcionalmente hasta las 18 en casos de niñas, adolescentes y mujeres indígenas y del área rural.

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Qué viene ahora

La promulgación de la Ley quedará en manos del presidente de Ecuador, Guillermo Lasso.

El Mandatario tiene 30 días de plazo para publicarla en el registro oficial o para vetarla íntegra o parcialmente en caso de que no estuviese de acuerdo con el contenido del texto.

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Lasso, recuerda EFE, expresó en enero que, si bien no conocía los términos del proyecto de ley definitivo que será entregado al Ejecutivo, tenía intenciones de vetarlo de manera parcial o total, "todo depende de cuál es el texto final de la Asamblea Nacional".

Cuando se conoció el dictamen de la Constitucional el año pasado, Lasso, quien ha expresado en numerosas ocasiones su "defensa de la vida desde la concepción hasta la muerte", dijo que respetaba la decisión de los magistrados dado su talante republicano.

Sin embargo, advirtió que "si ese proyecto de ley excede el mandato de la Corte Constitucional será vetado por el Ejecutivo".

La voz de un profesional en leyes

Ramiro García, subdecano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central del Ecuador, reflexiona y explica a través de Twitter.

“Qué pasaría si el Presidente veta totalmente por inconstitucional el proyecto de ley?

Qué iría dicho veto a la CC y esta tiraría abajo el veto, porque claramente se contrapondría a la sentencia dictada por la Corte. En fin, no hay manera que esta ley, con sus defectos, se caiga”.

Vuelve a preguntar: ¿Cuál podría ser el otro escenario?

“El del veto parcial, bajo la supuesta consideración que la CC en su sentencia habría dispuesto la exigencia de requisitos para que se considere aborto por violación. Ese veto parcial vuelve a la Asamblea y si no hay los votos para ratificar el proyecto originalmente remitido a la Presidencia, pasará el proyecto con las modificaciones que haga el Presidente en su veto parcial. Es decir, será ley, con defectos o modificaciones pero será ley”.

(I)

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