Ecuador
Hasta el 31 de enero los empleados en relación de dependencia deben presentar su proyección de gastos personales: Si no lo hace podría pagar un valor alto de impuesto a la renta, dice experto
Este 31 de enero se cumplirá el plazo para que miles de trabajadores en relación de dependencia presenten ante sus empleadores la declaración de gastos personales para el ejercicio fiscal 2023. La proyección permitiría obtener una rebaja en el pago de impuesto a la renta de este año. El valor máximo de estos gastos se […]
Este 31 de enero se cumplirá el plazo para que miles de trabajadores en relación de dependencia presenten ante sus empleadores la declaración de gastos personales para el ejercicio fiscal 2023. La proyección permitiría obtener una rebaja en el pago de impuesto a la renta de este año.
El valor máximo de estos gastos se estableció en 5.344,08 equivalente a siete canastas básicas familiares, acorde con el valor que el INEC fijó para ella en diciembre pasado ($763,44).
Jorge Luis Ugarte, socio de Buró Tributario, recuerda que los gastos personales son beneficios tributarios que tienen las personas naturales desde hace algún tiempo para pagar un menor Impuesto a la Renta. "Anteriormente los ecuatorianos tenían la opción de deducir sus gastos personales y determinar así cuál iba a ser su base imponible sobre la cual se iba a pagar el Impuesto a la Renta, pero con las modificaciones a la ley, los gatos servirán para rebajar una vez que se determine el impuesto", señala el experto.
Ugarte se refiere a la Ley Orgánica de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia Covid 2019.
Las rebajas dependerán de varios factores y será del 10 % y del 20 % sobre un límite máximo permitido. En el primer caso si los ingresos exceden los $24.967,86 se podrá descontar $534,41 (el 10 % de $5.344,08). En caso de que los ingresos no pasen los $24.967,86 se podrá descontar $1.068,82 ( que es el 20 % de $5.344,08).
Ugarte recuerda que cuando se podía deducir gastos personales, la fracción básica desgravada (monto establecido por la Ley sobre el cual no se paga Impuesto a la Renta) era de 1,3, es decir, un aproximado de 13.000 o 14.000 dólares.
Ahora el empleador lo que va a hacer es comparar la proyección que el trabajador presentó con los 5.344 dólares y de ambos escogerá el de menor valor. Y a esa cifra le va a calcular un 10 % o un 20 %, según corresponda, como impuesto.
Ugarte recomienda no olvidarse de presentar los gastos personales y luego que todos los gastos del 2023 estén soportados con comprobantes de venta válidos para poder presentarlos el próximo año en el documento de anexos de gastos personales. (I)
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