Constituyente: Noboa anuncia futura pregunta en consulta popular
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Ecuador

Daniel Noboa plantea una pregunta especial en consulta popular para convocar a una Constituyente: ¿se puede hacer por referéndum?

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El plan presidencial de abrir una vía para cambiar la Constitución depende del control de la Corte y del respaldo de la ciudadanía.

Daniel Noboa, presidente de la República de Ecuador. Foto: Cortesía Presidencia.
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El presidente, Daniel Noboa, anunció el pasado miércoles, 17 de septiembre de 2025, que incluirá una pregunta sobre la convocatoria a una Asamblea Constituyente en la próxima consulta popular.

El Gobierno presentó un comunicado en el que señala que la consulta tendrá una pregunta esencial para que la ciudadanía decida si quiere una Asamblea Constituyente. Noboa argumenta que la medida busca sacar al país de un secuestro institucional y devolver el poder al pueblo.

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Tres vías de reforma

La Carta Magna contempla tres mecanismos para modificarla: enmienda, reforma parcial o Asamblea Constituyente. La enmienda permite cambios puntuales; la reforma parcial, modificaciones estructurales moderadas; y la Constituyente, la redacción de una nueva Constitución con facultades extraordinarias.

Las reglas del juego para convocar la Constituyente

Revisión de la consulta (art. 438)
Antes de que cualquier consulta popular se haga, la Corte Constitucional debe revisarla y aprobarla. Esto asegura que la propuesta cumpla con la Constitución y evita que procesos importantes se hagan sin control legal.

Decidir la vía correcta (art. 443)
La Corte también decide cuál es el camino adecuado para cada propuesta: una enmienda, una reforma parcial o una Constituyente. Este control evita que se use la vía más radical cuando no es necesario y protege la estabilidad del país.

Convocatoria y aprobación de la Constituyente (art. 444)
Una Asamblea Constituyente solo puede convocarse mediante consulta popular, que puede ser pedida por el Presidente, las dos terceras partes de la Asamblea Nacional o el 12 % de los votantes registrados. La consulta debe explicar cómo se elegirán los representantes y las reglas del proceso. Para que la nueva Constitución entre en vigor, la ciudadanía debe aprobarla en un referéndum con la mitad más uno de los votos válidos.

El resultado de este proceso determinará no solo si la propuesta presidencial avanza, sino también cómo se mantendrá el equilibrio de poderes en Ecuador, en un momento marcado por la tensión entre el Ejecutivo y la Corte Constitucional.

(I)

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