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Ecuador

Ministerio de Trabajo confirma que la suspensión de la jornada laboral del 31 de octubre es obligatoria para el sector público y privado: esto es lo que debes saber

El comunicado se emitió en respuesta a las dudas y confusiones sobre si el sector privado debía o no adherirse a la suspensión de la jornada laboral.

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El Ministerio de Trabajo informó que la suspensión de actividades laborales del jueves 31 de octubre es de cumplimiento obligatorio tanto para el sector público como para el privado.

Esta disposición fue establecida por el presidente Daniel Noboa a través del Decreto Ejecutivo 438, emitido el 25 de octubre, extendiendo el feriado por el Día de los Difuntos a cinco días, finalizando el lunes 4 de noviembre.

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Recuperación para el sector público y privado

El Ministerio de Trabajo informó que, según el decreto, la recuperación de la jornada laboral suspendida del jueves 31 de octubre en el sector público se definirá próximamente, sin especificar cuándo ni cómo se compensarán las ocho horas no trabajadas.

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En el caso del sector privado, el comunicado del Ministerio, difundido el domingo 27 de octubre en redes sociales, señala que la recuperación de la jornada será a criterio de cada empresa. Se enfatiza la necesidad de respetar los derechos laborales y de garantizar la continuidad de las actividades que, por su naturaleza y relevancia social, no pueden ser interrumpidas.

Dudas

Este comunicado se emitió en respuesta a las dudas y confusiones sobre si el sector privado debía o no adherirse a la suspensión de la jornada laboral y cómo se llevaría a cabo la recuperación. La decisión del presidente se dio un día después de que la ministra encargada de Energía y Minas, Inés Manzano, anunciara que los racionamientos de energía aumentarían de 8 a 14 horas diarias.

En el decreto, el presidente no hizo referencia alguna que vincule la suspensión de la jornada laboral con la crisis energética. El documento sostiene que la medida fue adoptada con el objetivo de promover el turismo.

(I)

 

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