La guía que debes seguir para llenar anexo de Gastos Personales
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Sigue esta GUÍA para presentar el Anexo de Gastos Personales hasta febrero de 2025

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La presentación del anexo de gastos personales se debe realizar en el mismo portal del SRI en la sección de Anexos.

gastos personales
Desde enero los contribuyentes pueden realizar la proyección de gastos personales. Foto: Archivo
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El Servicio de Rentas Internas (SRI) ya publicó el Anexo de Gastos Personales correspondiente al periodo fiscal 2024. Este trámite es obligatorio para las personas naturales que hayan generado ingresos superiores a $ 11.902 durante el año anterior, ya sea bajo relación de dependencia o como trabajadores independientes. A continuación, te explicamos quiénes deben presentarlo y cómo hacerlo paso a paso:

¿Quiénes deben presentar el Anexo de Gastos Personales?

  • Personas naturales que hayan tenido ingresos superiores a $ 11.902 durante el año 2024.
  • Trabajadores bajo relación de dependencia que presentaron la Proyección de Gastos Personales en 2024.
  • Trabajadores independientes o freelance que deseen obtener una rebaja en el Impuesto a la Renta por los gastos incurridos durante el año fiscal.

Este anexo debe presentarse en febrero de 2025 a través del portal en línea del SRI, según el noveno dígito de la cédula o RUC.

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¿Qué se debe reportar en el Anexo de Gastos Personales?

Los gastos personales que puedes incluir en el anexo son:

  1. Educación (colegiaturas, matrículas, útiles escolares).
  2. Alimentación (compras en supermercados).
  3. Vestimenta.
  4. Salud (gastos médicos, seguros, y atención veterinaria).
  5. Vivienda (arriendos, pagos de servicios básicos).
  6. Turismo, arte y cultura.

Límite de la rebaja según cargas familiares

El monto máximo de gastos personales deducibles varía según las cargas familiares:

  • Personas sin cargas familiares: hasta $ 994,86.
  • Personas con una o más cargas familiares: la rebaja puede ir desde $ 1.279 hasta $ 2.842, dependiendo del número de cargas.

En casos de personas con enfermedades catastróficas o discapacidades, los límites son más altos. Por ejemplo, se pueden deducir hasta $ 14.212,26 en estos casos.

Diferencias entre la Proyección y el Anexo de Gastos Personales

La Proyección de Gastos Personales que se presentó en febrero de 2024 permite a los empleadores retener el Impuesto a la Renta en base a las estimaciones de los trabajadores. Sin embargo, el Anexo de Gastos Personales que se presentará en febrero de 2025 se debe respaldar  con facturas y notas de venta.

El SRI comparará los valores proyectados con los gastos reales, y si se retuvo más impuesto del que correspondía, el contribuyente podrá solicitar una devolución en efectivo o una nota de crédito. En caso contrario, si la retención fue menor, se deberá pagar la diferencia en el Impuesto a la Renta.

Actualización de cargas familiares

Es importante que actualices tus cargas familiares junto con el Anexo de Gastos Personales. Puedes incluir a:

  • Padres, cónyuge o pareja en unión de hecho.
  • Hijos hasta los 21 años o con discapacidad.

Recuerda que tus dependientes no deben haber tenido ingresos superiores a un Salario Básico Unificado ($ 460) en 2024.

(I)

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