En esto consiste la aclaración de Aduana sobre el formulario
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Ecuador

¿A quiénes se les exigirá el Formulario de Registro Aduanero desde el 29 de julio?

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La medida se enmarca en la Ley de Prevención de Lavado de Activos y tiene aplicación limitada según el tipo y valor de los bienes transportados.

Pasajeros en el aeropuerto Mariscal Sucre durante controles previos al viaje. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO
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El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) aclaró este 12 de julio de 2025 que solo deberán presentar el Formulario de Registro Aduanero (FRA) electrónico las personas que ingresen o salgan del país con bienes sujetos a declaración por un valor igual o superior a $ 10.000.

Esta precisión se emitió tras dudas ciudadanas generadas luego de un comunicado anterior que indicaba que todos los viajeros debían completar el formulario. El Senae reiteró que la medida no aplica para todos los pasajeros, sino únicamente para quienes lleven dinero en efectivo, instrumentos negociables al portador, metales o piedras preciosas que superen el monto establecido, o su equivalente en otras monedas.

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El requerimiento del FRA responde a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Lavado de Activos, publicada el 29 de julio de 2024 en el Registro Oficial. La norma contempla una disposición transitoria que establece la entrada en vigor de esta obligación un año después de su publicación, es decir, a partir del 29 de julio de 2025.

La Aduana recordó que este formulario ya existía, pero que desde la fecha indicada será obligatorio para ciertos casos, conforme al marco legal vigente.

Personas que deben presentar el formulario

La solicitud debe ser completada por viajeros o tripulantes, nacionales o extranjeros, que entren o salgan de Ecuador con bienes declarables. La medida aplica sin distinción del medio de transporte: ya sea aéreo, terrestre o marítimo. Además, los documentos considerados negociables al portador, como cheques, bonos, letras de cambio o acciones también deben incluirse en el formulario si superan el umbral establecido.

Así se completa el registro

El viajero debe ingresar al portal oficial del Senae, crear una cuenta si no tiene usuario y llenar el formulario electrónico. Este debe incluir información personal, datos del vuelo o viaje, y el detalle de los bienes que transporta. En caso de viajar con menores de edad, también se deben registrar sus datos. El trámite debe realizarse hasta con tres días de anticipación al viaje.

Una vez finalizado el proceso, el sistema genera un código QR que el viajero deberá presentar en los controles migratorios y aduaneros. El Senae señaló que no presentar el formulario puede generar multas, sanciones legales o la retención de los bienes. Además, el pasajero no podrá continuar con los controles migratorios ni salir o ingresar al país de manera regular.

(I)

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