Ecuador
Fiscalía apelará el fallo de Tribunal Penal en caso Secom, que declaró inexistente el delito de peculado Quito
La Fiscalía General del Estado presentará la correspondiente apelación una vez que sea notificada, por escrito, la resolución en la que el Tribunal Nacional Penal –con voto de mayoría– declaró la inexistencia del delito de peculado y la inocencia de Fernando A., exsecretario de Comunicación, Pablo Y., Carlos B. y Galo P. Luego de la […]
La Fiscalía General del Estado presentará la correspondiente apelación una vez que sea notificada, por escrito, la resolución en la que el Tribunal Nacional Penal –con voto de mayoría– declaró la inexistencia del delito de peculado y la inocencia de Fernando A., exsecretario de Comunicación, Pablo Y., Carlos B. y Galo P.
Luego de la reinstalación de la audiencia de juzgamiento, este lunes 12 de octubre, el juez Iván Saquicela señaló que su voto salvado, en lo sustancial, coincide con la mayoría del Tribunal (Iván León y Daniella Camacho), pero discrepa del criterio jurídico de los otros jueces en varios puntos, por ejemplo, considera que la interpretación penal es errónea pues existen diferentes maneras contractuales de remuneración del Estado y no solo lo que estrictamente dispone el Código de Trabajo. Por tanto, su voto de minoría declaró la existencia de la infracción del delito de peculado y la responsabilidad de los procesados en el mismo.
Esta causa inició en agosto de 2018, con la audiencia de formulación de cargos en la que actuó la exfiscal general del Estado encargada, Ruth Palacios, con base en un Informe con Indicios de Responsabilidad Penal emitido por la Contraloría General del Estado. Así lo informó la Fiscalía en un comunicado publicado en su página web.
El delito de peculado está tipificado en el artículo 257 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que es sancionado con una pena privativa de libertad de hasta trece años. (I)
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