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Ecuador

Estas son las prohibiciones que establece la Ley Orgánica de Salud para la producción de alimentos: Arcsa realiza operativos de control

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Ecuador cuenta con la Ley Orgánica de Salud, en el cuál se indica las prohibiciones que tiene las procesadoras de alimentos. Así lo recuerda la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) tras los operativos de control realizados esta semana.

Una planta dedicada a la elaboración de yogur, en el norte de Guayaquil, se clausuró este miércoles 25 de febrero por incumplimiento de las normas sanitarias. Por ello, elementos de Agrocalidad, Ministerio de Agricultura y Cría y Senae participaron en el control.

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Durante la inspección, equipo técnico de Arcsa logró identificar condiciones higiénicas deficientes en el área de proceso, presencia de plagas (cucarachas) y evidencia de heces de roedor. Asimismo, el establecimiento no contaban con procedimientos internos de limpieza y desinfección en áreas donde se procesan los distintos productos.

En consecuencia se produjo la clausura temporal del establecimiento con base en el incumplimiento del artículo 146 de la Ley Orgánica de Salud. Pero, ¿qué establece la ley?

Ley Orgánica de Salud, art. 146  

En materia de alimentos se prohíbe: 

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  • El uso de aditivos para disimular, atenuar o corregir las deficiencias tecnológicas de producción, manipulación o conservación y para resaltar fraudulentamente sus características
  • La utilización, importación y comercialización de materias primas no aptas para consumo humano 
  • Además, la inclusión de substancias nocivas que los vuelvan peligrosos o potencialmente perjudiciales para la salud de los consumidores
  • El uso de materias primas y productos tratados con radiaciones ionizantes o que hayan sido genéticamente modificados en la elaboración de fórmulas para lactantes y alimentos infantiles
  • El procesamiento y manipulación en condiciones no higiénicas
  • La utilización de envases que no cumplan con las especificaciones técnicas aprobadas para el efecto
  • La oferta de un alimento procesado con nombres, marcas, gráficos o etiquetas que hagan aseveraciones falsas o que omitan datos de manera que se confunda o lleve a error al consumidor
  • El almacenamiento de materias primas o alimentos procesados en locales en los que se encuentren substancias nocivas o peligrosas
  • Cualquier forma de falsificación, contaminación, alteración o adulteración, o cualquier procedimiento que produzca el efecto de volverlos nocivos o peligrosos para la salud humana
  • La exhibición y venta de productos cuyo período de vida útil haya expirado.

(I)

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