Ecuador
En Quito, se mantiene vigente la emisión y control de salvoconductos
El Distrito Metropolitano de Quito permanece en semáforo amarillo, sin embargo, el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE-N) ha determinado cambios puntuales en la restricción vehicular de acuerdo a la placa del automotor. En julio, los vehículos particulares cuya numeración termine en dígito impar podrán circular los lunes, miércoles, viernes, así como los domingos […]
El Distrito Metropolitano de Quito permanece en semáforo amarillo, sin embargo, el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE-N) ha determinado cambios puntuales en la restricción vehicular de acuerdo a la placa del automotor.
En julio, los vehículos particulares cuya numeración termine en dígito impar podrán circular los lunes, miércoles, viernes, así como los domingos 5 y 19 del presente mes. Asimismo, los martes, jueves, sábado y los domingos 12 y 26 de julio se podrán desplazar los autos con placa terminada en dígito par.
Las unidades de taxi convencional y ejecutivo; el transporte mixto y carga liviana; y el transporte institucional podrán circular en este mes todos los días sin restricción de placa. Además, el transporte urbano, intraprovincial e interprovincial podrá operar con el 50 % de aforo, cumpliendo con los protocolos establecidos.
Así también, el transporte terrestre turístico, respetando los protocolos establecidos para esta actividad.
Las modalidades de transporte tipo ejecutivo, puerta a puerta u otras se encuentran prohibidas de ofertar servicios de transporte interprovincial, al no contar con el título habilitante.
El COE Nacional, en sesión permanente del lunes 29 de junio de 2020, resolvió que se mantendrá la emisión de salvoconductos de acuerdo al Protocolo para la Emisión y Control de Salvoconductos (Versión 4). Por ello, portar el documento nombrado es obligatorio para ciudadanos que acuden a necesidades médicas, o pertenecen a la cadena productiva, exportación, alimentos (abastecimiento y distribución), para la entrega de productos y servicios a domicilio, cadena de producción de medicamentos, entre otros que establece el protocolo correspondiente.
El personal de salud, los servidores de seguridad y control, abogados, comunicadores sociales, al igual que los funcionarios de los distintos sectores estratégicos no deberán portar salvoconducto.
Sin embargo, durante las activaciones de control presentarán documentación habilitante como su credencial institucional, cédula de identidad y licencia de conducir para movilizarse, pese a los días de restricción por placas o durante las horas de toque de queda.
El uso indebido de los salvoconductos es controlado por la AMT, durante sus operaciones en la capital. La sanción por irrespetar las medidas de restricción vehicular y hacer mal uso del salvoconducto, corresponde a una multa de USD 200, lo que equivale al 50 % de un salario básico, además el automotor será trasladado a los centros de retención por cinco días. (I)
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