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Ecuador

Prohibición sobre usar distintivos similares a entidades del Estado: ¿Cuál es la multa por incumplir esta norma?

La entidad recordó que está prohibido utilizar distintivos o sistemas exclusivos de las instituciones del Estado.

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La mañana de este lunes, 29 de diciembre de 2025, el Ministerio del Interior publicó un comunicado para recordar a la ciudadanía, y a los prestadores de servicios de blindaje automotriz, que está prohibido usar distintivos similares a los vehículos del sector público.

La medida prohíbe el uso, instalación o mantenimiento de balizas, dispositivos luminosos y otros sistemas utilizados por la Policía Nacional, Fuerzas Armadas, ambulancias, o cualquier entidad responsable de la seguridad ciudadana y orden público, en vehículos no autorizados.

La disposición busca prevenir y evitar el uso indebido de elementos que identifican exclusivamente a las entidades del Estado, esto conforme a lo establecido en el artículo 83, numeral 29, de la Ley Orgánica de Vigilancia y Seguridad Privada.

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“Bajo ninguna circunstancia se permite la instalación o utilización de estos dispositivos en vehículos particulares, incluidos los vehículos blindados”, indica el comunicado.

¿Cuál es la multa por usar los distintivos?

Según las autoridades, estos componentes solo pueden portarlos los vehículos que cumplen funciones oficiales de seguridad y emergencia.

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Por su parte, la entidad pidió a los propietarios de automotores que no están autorizados a llevar estos elementos, que los retiren de forma inmediata.

Así mismo recordó a los prestadores de servicios de blindaje que no pueden instalar o dar mantenimiento en los vehículos particulares.

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El Ministerio del Interior informó que, por no obedecer esta ordenanza, los usuarios recibirán una multa de seis salarios básicos unificados, sin perjuicio de las responsabilidades penales a las que hubiese lugar, debido a la infracción administrativa.

(I)

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