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Estos son los documentos que debes presentar si circulas durante el toque de queda, ya se por casos de emergencia o por ser parte de sectores estratégicos

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Ecuador cuenta con un estado de excepción en 16 provincias, que incluye toque de queda. Ante ello, la Comisión de Tránsito de Ecuador (CTE) recuerda cuales son los documentos que se debe portar si se circula durante los días y horas prohibidos. ¡Es oficial! Estado de excepción en 16 provincias de Ecuador: Presidente Lenín Moreno […]

En las vías estarán Agentes Civiles de Transito debidamente uniformados, ubicados en lugares visibles, para realizar el control del tránsito. Foto: Tomada de EMOV
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Ecuador cuenta con un estado de excepción en 16 provincias, que incluye toque de queda. Ante ello, la Comisión de Tránsito de Ecuador (CTE) recuerda cuales son los documentos que se debe portar si se circula durante los días y horas prohibidos.

Primero, la restricción de movilidad parcial se aplica de lunes a jueves, de 20:00 a 05:00. Mientras, el confinamiento total se emplea desde las 20:00 del viernes hasta las 05:00 del lunes, es decir todo el fin de semana.

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La medida estará vigente desde este viernes 23 de abril hasta el jueves 20 de mayo. Sin embargo, la prohibición no afecta a quienes tengan citas de vacunación ni a las excepciones dispuestas por el decreto 1291 firmada por el presidente Lenín Moreno.

¿Cuáles son los documentos válidos?

Si formas parte de uno de los sectores estratégicos exceptuados, estos son los documentos que debes portar si circulas durante el toque de queda:

  • Credencial profesional o institucional.
  • RUC, RISE o Guía de remisión.
  • Pasajes del titular o tickets de embarque en el caso de movilizaciones desde y hacia aeropuertos.
  • Turno para vacunación.
  • Cita médica verificable.

Sectores exceptuados de la restricción de movilidad

  1. Servicios de salud de la red pública integral y de la red privada complementaria;
  2. Seguridad pública, privada, servicios de emergencias y agencias de control;
  3. Sectores estratégicos;
  4. Servicios de emergencia vial;
  5. Sector exportador y toda su cadena logística;
  6. Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros;
  7. Provisión de alimentos, incluido transporte y comercialización;
  8. Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y comercialización;
  9. Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales;
  10. Trabajadores de los medios de comunicación;
  11. Plataformas y servicios de entrega de comida y medicina y los empleados acreditados;
  12. Servicio diplomático, consular y organismos internacionales acreditados en el país;
  13. Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada;
  14. Actividades relacionadas al sector financiero- bancario;
  15. Funcionarios del Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral;
  16. Abogados;
  17. Funcionarios de la Corte Constitucional;
  18. Servidores públicos de la Función Judicial;
  19. Funcionarios de la Defensoría del Pueblo Procuraduría General del Estado, Asamblea Nacional y Contraloría General del Estado;
  20. Personas responsables y/o a cargo de la distribución y entrega de alimentación escolar;
  21. Personas que deban movilizarse a puertos, aeropuertos o pasos fronterizos. En aquellos casos, los documentos habilitantes serán los pasajes del titular o tickes de embarque;
  22. Personas que tienen agendadas sus citas de vacunación debidamente comprobado con el turno asignado, incluidos aquellos que tengan a cargo su cuidado y traslado para este fin, o aquellos que se encuentren dentro de la fase 1 de vacunación.
  23. Quienes tengan citas medicas u odontológicas agendas.
  24. Los sectores de la construcción y turismo.
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