Así cumpirá el exasambleísta Daniel Mendoza el resto de su condena
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Ecuador

Exasambleísta Daniel Mendoza dejó la cárcel: Así cumplirá el resto de la condena que le queda bajo régimen semiabierto

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Daniel Mendoza, exasambleísta por Manabí del movimiento Alianza, abandonó la Cárcel 4 en Quito,  la tarde del martes 30 de mayo de 2023. La jueza de Garantías Penitenciarias Soledad Manosalvas le concedió el beneficio de régimen semiabierto. Mendoza lo solicitó debido a su condena por delincuencia organizada. Según la resolución de la jueza, el exlegislador […]

Daniel Mendoza
Daniel Mendoza, exasambleísta. Foto: Archivo
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Daniel Mendoza, exasambleísta por Manabí del movimiento Alianza, abandonó la Cárcel 4 en Quito,  la tarde del martes 30 de mayo de 2023. La jueza de Garantías Penitenciarias Soledad Manosalvas le concedió el beneficio de régimen semiabierto. Mendoza lo solicitó debido a su condena por delincuencia organizada.

Según la resolución de la jueza, el exlegislador deberá permanecer bajo este nuevo régimen penitenciario hasta el 5 de agosto de 2024, fecha en la que habrá cumplido el 100% de la pena reducida de 50 meses, que se confirmó  en tres instancias por la Corte Nacional de Justicia (CNJ), por cooperación eficaz.

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Sobre la situación legal de Mendoza

Según un informe del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI), el exlegislador cumplió el 71,55% de su pena en la Cárcel 4, desde su detención el 5 de junio de 2020 hasta el 30 de mayo de este año.

Para acceder al régimen semiabierto, según la normativa vigente, se requería cumplir al menos el 60% de la pena de prisión impuesta, recoge Diario El Universo.

Mendoza formó parte de un grupo de ocho personas sentenciadas en abril de 2021 por participar en una estructura criminal para obtener recursos estatales, en la construcción de un hospital en Pedernales, Manabí.

Así cumplirá el resto de la condena

Según la jueza, sí cumple con los requisitos y normas del sistema progresivo de rehabilitación social, tal como establece el artículo 254 del Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social.

La jueza mencionó que los hechos que llevaron a la condena de Mendoza ocurrieron entre 2019 y 2020, y su detención tuvo lugar el 5 de junio de 2020, antes de que entraran en vigencia las reformas del artículo 698 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) el 21 de junio de 2022.

Estas reformas incluyen prohibiciones para acceder al beneficio penitenciario de régimen semiabierto, como el delito de delincuencia organizada por el cual fue condenado.

Como parte de su régimen semiabierto, Mendoza deberá realizar presentaciones periódicas de al menos cinco horas, una vez por semana, en la Unidad de Reinserción Social o en el Centro de Privación de la Libertad de Portoviejo. Además, debe establecer su domicilio fijo en Bahía de Caráquez, en la provincia de Manabí.

La jueza Manosalvas aclaró que esta disposición se mantendrá hasta el cumplimiento completo de la pena. También se le ordenó presentarse mensualmente ante la Unidad Especializada de Garantías Penitenciarias de Portoviejo y se le prohibió salir del país.

Además portará un grillete electrónico y se le recomienda continuar recibiendo tratamiento psicológico, por recomendación del psicólogo que elaboró el informe.

Cabe destacar que, dentro de este caso, Daniel Mendoza y los otros siete procesados se les conminó a pagar de forma solidaria una reparación integral de $8 millones al Estado.

Sin embargo, la jueza Manosalvas aclaró que no le correspondía analizar el cumplimiento de esta reparación integral en relación al beneficio penitenciario que solicitó.

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REDACCIÓN

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