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Ecuador

Costa Rica discute levantar el secreto de confesión para enfrentar abusos de menores

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SAN JOSÉ/AFP

Costa Rica, un país conservador de mayoría católica, discute un proyecto de ley que permitiría levantar el secreto de las confesiones sacerdotales en investigaciones sobre abusos sexuales a menores de edad.

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La iniciativa del diputado Enrique Sánchez, del oficialista Partido de Acción Ciudadana (PAC), generó el rechazo de la Iglesia católica y de diputados conservadores al comenzar su trámite legislativo.

Sánchez explicó a la AFP que la legislación actual permite levantar el secreto profesional a un abogado, psicólogo o médico si la persona que contó el secreto requiere del testimonio del profesional en un juicio.

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Sin embargo, el Código Procesal Penal exime a los sacerdotes de este requerimiento, lo cual impide que un cura declare en un juicio para apoyar a la víctima de un abuso si esta se lo comentó en confesión.

"Estamos impulsando levantar el secreto de confesión cuando es autorizado por la persona interesada, por la persona que contó el secreto", precisó el diputado.

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Para el legislador, "no es posible que como sociedad aceptemos que un dogma de una religión sea más importante que el interés superior del menor de edad".

La discusión se da en momentos de creciente preocupación en el país centroamericano por casos de abusos de menores de edad a manos de sacerdotes.

Una norma similar fue aprobada por la Cámara de Diputados de Chile y aguarda su votación en el Senado, mientras que el Legislativo del estado norteamericano de California también estudia levantar el secreto de la confesión sacerdotal.

En Australia ya fue aprobada una norma que permite levantar ese sigilo para investigaciones de abuso de menores.

En todos los casos, la Iglesia católica se posicionó en contra de hacerlo.

Iglesia: sigilo inviolable

El arzobispo de San José, José Rafael Quirós, rechazó la propuesta al señalar que la confesión es un momento en que la persona creyente abre su conciencia a Dios.

"El ámbito en el cual se desarrolla el sacramento de la penitencia es un ámbito sagrado que pertenece a Dios, y por eso es que el sigilo sacramental es inviolable, porque todo queda en las manos del Señor", precisó Quirós en un video enviado a AFP.

El prelado insistió en que romper ese sigilo es "prohibido totalmente" y que gracias a esa restricción es que "los fieles confían en ir a abrir su conciencia en el sacramento de la penitencia".

El diputado independiente Eric Rodríguez también rechazó la iniciativa, señalando que equivale a convertir a los sacerdotes católicos en fiscales.

"Si pretenden que los sacerdotes sean fiscales, que les quiten la sotana y los hábitos y los envíen a trabajar al Poder Judicial", declaró en una intervención en el plenario.

Por el contrario, un hombre que denunció a un sacerdote costarricense por abusar de él en su adolescencia, defendió la iniciativa.

Anthony Venegas, cuyas denuncias contribuyeron a abrir la discusión en Costa Rica sobre el abuso de menores a manos de sacerdotes, contó a AFP que el cura que lo sometió a abusos lo obligaba a "confesar" lo que él mismo le forzaba a hacer.

"Mi abusador me llevaba a confesar los abusos que me hacía ante otros curas como si fueran culpa mía", aseguró Venegas. "¿Qué tal que esos sacerdotes hubieran tenido la obligación de denunciar? ¿Cuánto daño me habrían ahorrado, cuántos abusos se habrían evitado?", acotó.

El diputado Sánchez dijo sentirse sorprendido por la reacción negativa de la Iglesia, y que esperaba una postura favorable a la obligación de denunciar.

"No hay fuerza humana capaz de convencerme a mí de que un dogma, una práctica de una determinada religión, es más importante que la integridad y la vida de un menor de edad", remarcó Sánchez.

Admitió que falta más discusión en el parlamento para generar apoyos que permitan aprobar el proyecto de ley.

Costa Rica aprobó hace un mes una reforma al Código Procesal Penal impulsada por Venegas y Michael Rodríguez, otra presunta víctima de un cura, para ampliar el plazo de prescripción en casos de abusos sexuales a menores de 10 a 25 años a partir de que la víctima cumple la mayoría de edad. (I)

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