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Ecuador

Corte Constitucional frena reducción de asambleístas y limita estado de excepción: esto dice su pronunciamiento

El Ejecutivo deberá replantear o presentar una nueva propuesta sobre los temas que no se dieron paso.

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La Corte Constitucional del Ecuador emitió este lunes, 15 de septiembre de 2025, tres dictámenes clave sobre las preguntas de referendo, impulsadas por el Ejecutivo y sobre la declaratoria de estado de excepción del 6 de agosto. Las resoluciones marcan los límites en los que pueden avanzar las reformas y las medidas extraordinarias del Gobierno.

Financiamiento de partidos políticos

El ente declaró constitucional la propuesta de eliminar el financiamiento público a partidos y movimientos políticos. Pero ordenó suprimir considerandos inconstitucionales y frenó una reforma que no se anunciaba en los anexos.

Según el comunicado, la consulta se enfocará únicamente en el artículo 110 de la Constitución, que plantea que las organizaciones políticas se financien exclusivamente con aportes de afiliados y simpatizantes.

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Contratación por horas y reducción de asambleístas

En el control previo al referendo, la Corte dio paso a la contratación por horas en el sector turístico, pero con condiciones: solo se permitirá en la primera relación laboral y se deberán respetar los derechos adquiridos.

En cambio, frenó la propuesta de reducir de 151 a cerca de 73 el número de asambleístas. El máximo tribunal señaló que la ausencia de datos claros sobre el impacto en la representación democrática impedía un voto informado de la ciudadanía.

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Estado de excepción

En cuanto al Decreto Ejecutivo 76 y su reforma, que ampliaba el estado de excepción por grave conmoción interna, la Corte declaró su constitucionalidad únicamente en Guayas, El Oro, Los Ríos, Manabí y en el cantón Echeandía (Bolívar).

En cambio, dejó sin efecto la medida en La Maná (Cotopaxi) y Las Naves (Bolívar) por falta de justificación.

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(I)

 

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