Ecuador
¡Adiós a la consulta popular solicitada por Jaime Nebot y otros grupos sociales! Estas son las razones de la negativa por parte de la Corte Constitucional
El Pleno de la Corte Constitucional negó el pedido de consulta popular del exalcalde Jaime Nebot y otros grupos sociales. Mediante voto de mayoría se resolvió declarar que la propuesta de consulta popular no se adecúa a la Constitución. En sesión ordinaria del 27 de enero de 2021, se declaró que la propuesta no cumple con […]
El Pleno de la Corte Constitucional negó el pedido de consulta popular del exalcalde Jaime Nebot y otros grupos sociales. Mediante voto de mayoría se resolvió declarar que la propuesta de consulta popular no se adecúa a la Constitución.
En sesión ordinaria del 27 de enero de 2021, se declaró que la propuesta no cumple con los parámetros de control previstos en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. El pedido de consulta popular contenía 14 preguntas y se pretendía reformar 43 artículos e incluir 20 artículos en 20 cuerpos normativos distintos.
El pedido se presentó por varias personas naturales y organizaciones de la sociedad civil, cuyo cuestionario contenía 14 preguntas. La Corte dejó a salvo el derecho de los comparecientes de presentar futuras peticiones de consulta popular, observando los parámetros desarrollados a lo largo del dictamen.
?BOLETÍN | La Corte Constitucional del Ecuador emite el Dictamen Nro. 7-20-CP/21 sobre la constitucionalidad de la propuesta de consulta popular.
Conoce los detalles➡️https://t.co/Is7c0IudOI pic.twitter.com/53rr7Fmjtx
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) January 29, 2021
La Corte dijo que no existe prohibición constitucional de proponer, a través de consulta popular, reformas legales concretas. No obstante, de hacerlo, se debe tomar en consideración que: los anexos que contengan las reformas legales específicas se leerán como parte integral de la pregunta.
En consecuencia, las reformas legales a ser consultadas no pueden ser de una complejidad. Por ello, la corte señala que las preguntas derivaban en falta de claridad. Además, se indicó que se conviertan a la pregunta en compuesta, pues esto obstruiría la libertad del elector.
El pleno determinó que a través de la propuesta de consulta popular se pretendía "someter a consulta hasta doce reformas legales en una sola pregunta". La Corte expresó en un comunicado que esto impide que el elector pueda manifestar su elección legal sobre cada una de las reformas de forma independiente. (I)
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