Esta puede ser la sanción si una persona va a votar con su celular
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Ecuador

"La norma está viciada y tiene el mismo valor que una servilleta", dice abogado sobre la disposición del CNE de prohibir celulares en las elecciones

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La moción se aprobó con tres votos a favor y una abstención. La medida no regiría para medios de comunicación y veedores electorales.

Miembros de las Juntas Receptoras del Voto en el conteo. Foto: CNE
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A solo un mes de las elecciones de segunda vuelta, el Consejo Nacional Electoral (CNE) prohibió el uso de celulares y dispositivos electrónicos durante el proceso. La decisión también aplicará para los miembros de las juntas receptoras del voto (JMRV); solo uno de ellos podrá quedarse con su teléfono para realizar el conteo durante el escrutinio. La medida se basó en un informe de la Secretaría Jurídica del ente electoral, del que aún se desconoce su contenido.

Para el constitucionalista André Benavides, esta es una medida inconstitucional que carece de una base normativa y justificaciones para ejecutarla. Explicó que cualquier regulación, tipificación de delitos o sanciones en medio de un proceso electoral tiene que realizarse a través de la ley orgánica. Es decir, cumplir un proceso legislativo para que la norma tenga validez y asidero jurídico.

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"Así que la eficacia jurídica de esta resolución es nula. Tiene el mismo valor que una servilleta y eso será efecto de acciones de inconstitucionalidad por algunos ciudadanos y organizaciones políticas", apuntó Benavides en entrevista digital con Primera Plana, el 14 de marzo de 2025.

La "sugerencia" provino del Gobierno Nacional. El ejecutivo alegó que varios ciudadanos fueron víctimas de presuntas extorsiones e intimidaciones por grupos de delincuencia organizada (GDO) para votar a favor de una u otra candidatura. Según el régimen, que los ciudadanos no voten con sus celulares disminuiría este problema. No obstante, Benavides cuestionó el destino de esas alertas, si llegaron a la Fiscalía General del Estado (FGE) o se judicializaron.

"Para eso están la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas (FF.AA.) para evitar que eso pase. El decir que con un celular un antisocial coordina el voto es una justificación vacía y no hay pruebas", apuntó el abogado.

¿Hay sanciones por el caso?

Benavides recalcó que ni en el Código de la Democracia ni en la Constitución existe una sanción para las personas que incumplan con la reciente norma dada por el CNE. Sin embargo, anticipó que las autoridades se basarán en el delito de "incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente". Una falta que consta en el Código Integral Penal (COIP) y la sanciona con uno o tres años de prisión.

"Cómo van a controlar que no tomen la foto. Van a poner al presidente, vocal o secretario de mesa atrás del ciudadano para que vea cómo vota. Ahí sí se estaría violando el derecho al voto secreto", reprochó el magistrado.

Puntualizó que si las autoridades electorales pretenden aplicar esa hipótesis, deben notificar de manera personal a los implicados. Es decir, el CNE debería enviar un correo a todos los ciudadanos facultados para ejercer su voto donde explique la supuesta infracción y las sanciones que se aplicarán.

"Qué van a hacer ahí. Van a enviar una boleta a millones de electores. Es ilógico y carece de todo sustento. Es claro que el CNE es la máxima autoridad dentro de un proceso electoral, pero este es un comportamiento incorrecto", refirió Benavides.

Impugnación y blindaje

El constitucionalista mencionó que cualquier ciudadano o político puede impugnar esta decisión a través de una acción de inconstitucionalidad y una medida cautelar. La Corte Constitucional (CC) deberá darle prioridad al asunto y suspender los efectos de la norma. "Es válido porque hay varios vicios de la normativa", dijo.

De la misma manera, llamó a los futuros legisladores a reformar el artículo 19 del Código de la Democracia. El apartado le otorgaría una especie de blindaje a los vocales del CNE para que no sean procesados en el ámbito penal o político y tampoco puedan ser removidos en medio de un proceso electoral.

Captura de pantalla del artículo 19 del Código de la Democracia.

"Les da un respaldo que ni el presidente ni los asambleístas tienen. Por eso vivimos en procesos electorales a cada rato y los informan con un año de anticipación para que nadie los toque. Eso les sirvió para cometer atrocidades y atornillarse al puesto", concluyó Benavides.

(I)

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