¿Quiénes deben presentar la declaración patrimonial como PEP?
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Ecuador

Con este VIDEO la Contraloría explica cómo los servidores públicos pueden declarar su patrimonio

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La entidad recordó que las unidades de administración de talento humano de cada institución pública deben notificar a los funcionarios obligados.

Instalaciones de la Contraloría General del Estado. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: El Universo
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La Contraloría General del Estado (CGE) informó este sábado, 30 de agosto de 2025, que los servidores públicos considerados Personas Expuestas Políticamente (PEP) tendrán un nuevo plazo para presentar sus declaraciones patrimoniales juradas. La fecha límite se amplió hasta el 15 de septiembre.

El trámite debe realizarse de manera electrónica y gratuita a través del portal institucional. La disposición aplica a funcionarios cuyos ingresos correspondan a los grados del 5 al 10 de la escala mensual unificada del nivel jerárquico superior.

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¿Quiénes están obligados?

Están obligados a presentar la declaración:

  • Autoridades de elección popular.
  • Directores y gerentes de empresas públicas.
  • Oficiales superiores de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
  • Otros funcionarios definidos como PEP según la normativa vigente.
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La medida se sustenta en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos. Esta normativa establece la obligatoriedad del registro como mecanismo de transparencia y control en el sector público.

El contralor general, Mauricio Torres, emitió el Acuerdo No. 031-CG-2025, que incluye el Reglamento para la declaración, presentación y registro de las declaraciones patrimoniales juradas. Este reglamento regula la entrega electrónica de la información y garantiza que quede registrada en la Constancia Electrónica de Otorgamiento de la Declaración.

Además, la entidad recordó que las unidades de administración de talento humano de cada institución pública deben notificar a los funcionarios obligados. El registro patrimonial se realizará al inicio, de manera periódica y al término de la gestión, según corresponda.

(I)

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