Ecuador
Lo que debes declarar y cuándo en 2026: el calendario tributario completo
El cronograma del SRI de este año mantiene la estructura de declaraciones mensuales, pero añade nuevos pagos para ciertos sectores.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció las fechas en las que personas y empresas deben cumplir sus obligaciones tributarias durante 2026 en Ecuador. El cronograma contempla impuestos sobre el valor añadido (IVA), a la renta, anticipos, nuevos cobros empresariales y ajustes en el impuesto a salida de divisas (ISD).
Cada contribuyente tiene un día asignado para declarar y pagar, definido por el noveno dígito de la cédula o del RUC. Ese número marca el vencimiento mensual de cada obligación. Cuando la fecha coincide con feriado o fin de semana, el trámite se mueve al siguiente día hábil o al último del mes, según el caso.
Qué se declara cada mes
Durante este año, los contribuyentes deben presentar de forma mensual: Las obligaciones se cumplen entre el 10 y el 28 de cada mes, según el noveno dígito.
Personas naturales, reportan los ingresos del año anterior y presentan la declaración en marzo de 2026, de acuerdo con el noveno dígito. Empresas y Rimpe declaran la renta del periodo anterior en abril de 2026, también según el noveno dígito. Los contribuyentes especiales(definidos por el SRI) cumplen el día 9.
En 2026 se mantienen dos periodos: Las fechas se asignan entre el 10 y el 28, según el noveno dígito. De igual manera, los contribuyentes especiales pagan el día 9.
En este año deja de aplicarse la Contribución Temporal de Seguridad. En su lugar entra el anticipo por utilidades no repartidas, que deben cancelar las empresas que no distribuyan ganancias acumuladas.
Ese pago se realiza en agosto y corresponde a un adelanto del impuesto a los dividendos. También continúa la tasa minera para quienes tengan concesiones.
El Salario Básico Unificado (SBU) sube a $ 482, lo que modifica los montos libres del ISD. Para viajes y remesas, el límite sin impuesto será de $ 1.446. Si se supera ese valor, se paga 5 % sobre el excedente. En compras con tarjeta en el exterior, el tope anual exento será de $ 5.188,26.
¡Que el nuevo año no te sorprenda!
En enero, mantente al día con tus obligaciones tributarias.
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— SRI Ecuador (@SRIoficialEc) December 30, 2025 Declaración mensual del IVA para servicios profesionales con tarifa 15 %
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