Ecuador
Autorización para la importación de bienes o vehículos para personas con discapacidad es electrónica
El Ministerio de Salud Pública (MSP) emitió el procedimiento para la autorización electrónica de importación de bienes o vehículos para uso o atención de personas con discapacidad. Esta autorización se habilitará en el sistema Ecuapass del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae), a partir del lunes 28 de septiembre de 2020, en cumplimiento al […]
El Ministerio de Salud Pública (MSP) emitió el procedimiento para la autorización electrónica de importación de bienes o vehículos para uso o atención de personas con discapacidad. Esta autorización se habilitará en el sistema Ecuapass del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae), a partir del lunes 28 de septiembre de 2020, en cumplimiento al Decreto Ejecutivo 1097, publicado en el Registro Oficial el 30 de julio de 2020.
Para conseguir la autorización, el usuario debe acceder a ecuapass.aduana.gob.ec y seguir estos pasos:
1. El usuario debe ingresar la información en el formulario electrónico de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE) y posteriormente realizar la solicitud para la autorización de importación de bienes o vehículos para uso o atención de personas con discapacidad. Deberá llenar los campos con información verificable, completa, fidedigna y adjuntar los siguientes documentos:
- Fotocopia del carné de discapacidad emitido por el MSP.
- Fotocopia de la licencia de conducir (beneficiario tipo F y/o conductor).
- Indicar la descripción del bien o vehículo sobre el cual se está otorgando la autorización electrónica.
2. La Dirección Nacional de Discapacidades (DND) del MSP verificará la información y de requerir datos adicionales se solicitará mediante la VUE, para la constatación de la condición de discapacidad o del bien a importarse.
3. Si la información administrada es correcta, la DND ingresará a través de VUE el resultado de aceptación o negación dentro del trámite de autorización para la importación de bienes o vehículos para uso o atención de personas con discapacidad.
4. La DND completará el trámite de autorización de importación en la VUE, mediante la firma electrónica del documento, que indicará el número de autorización electrónica para la importación de bienes o vehículos para uso o atención de personas con discapacidad, que podrá ser utilizado en los trámites subsiguientes.
El Gobierno Nacional reformó el Reglamento de la Ley Orgánica de Discapacidades para evitar que "personas inescrupulosas" hagan un mal uso de los beneficios contemplados en la normativa, indicó el MSP en un comunicado publicado en su página web. (I)
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