Ecuador
¿Cuánto deberán pagar los asambleístas que lleguen tarde o falten a las sesiones de la Asamblea desde el 1 de junio de 2025?
La lista de los asambleístas que falten o lleguen tarde se difundirá de forma pública.
Desde el 1 de junio de 2025, los asambleístas que lleguen tarde o falten a las sesiones plenarias serán sancionados con descuentos salariales de $ 55,52 y $ 158,63, respectivamente. La medida fue dispuesta por el presidente de la Asamblea Nacional, Niels Olsen.
El registro de asistencia será electrónico, mediante las laptops asignadas en las curules del Salón "Nela Martínez". El procedimiento es obligatorio en todas las sesiones del pleno. Los legisladores que no ingresen su asistencia formal puntual serán considerados como atrasados.
¿Cómo será esta nueva modalidad en la Asamblea?
Si un legislador no registra su huella digital en toda la jornada, se le aplicará el descuento de $ 158,63. En el caso de retrasos, la sanción será de $ 55,52.
El objetivo es reforzar el control del cumplimiento de funciones y garantizar la puntualidad. Así lo indica la comunicación oficial de la Secretaría General de la Asamblea, en cumplimiento del numeral 3 del artículo 20 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
En el mismo documento, se señala que el secretario general tiene la obligación de llevar un registro de ausencias, retrasos y faltas, tanto en el pleno como en comisiones. Además, este informe deberá publicarse en la página web de la Asamblea Nacional.
La lista de los asambleístas que falten o lleguen tarde se difundirá de forma pública en el portal institucional. Este mecanismo, indica el comunicado, busca transparentar el control del trabajo legislativo. Asimismo, la disposición busca eliminar el sistema manual de registro, común en periodos anteriores.
Ahora, con el sistema de curul electrónica, se podrá verificar de forma automática la asistencia de cada legislador. Así se evitarán errores y se permitirá un control más riguroso sobre la presencia de los miembros del Parlamento, enfatiza el texto. La comunicación suscrita por la secretaría general de la Asamblea Nacional señala lo siguiente:
“…por disposición del señor Presidente de la Asamblea Nacional Niels Olsen Peet y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 20 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, en aras de la eficiencia de la gestión y cumplimiento de la norma, se dispone que, a partir del 1 de junio de 2025 el registro de asistencias, ausencias o retrasos a las sesiones del pleno de la Asamblea Nacional, se lo realizará de manera electrónica, en las curules electrónicas (computadores) instaladas en el Salón “Nela Martínez”, y se publicará en la página web de la Asamblea Nacional".
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