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¿Recibiste una multa de tránsito por un radar fuera de servicio? Así puedes reportarlo
La ANT recuerda que las multas de radares inhabilitados no tienen validez y detalla cómo reportarlas o impugnarlas correctamente.
La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) informó que el 100 % de radares del país están inhabilitados hasta que los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) presenten los certificados de calibración respectivos. Por esto, los dispositivos permanecerán apagados durante 20 días, es decir, hasta el 23 de abril de 2025.
Esto significa que cualquier multa generada por radar carece de validez legal mientras no se cumpla con dicha exigencia técnica.
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¿Por qué están inhabilitados los radares?
En marzo de 2025, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, junto a la ANT, reformó el "Reglamento de Homologación, Operación y Control de Dispositivos Electrónicos de Control de Velocidad". Uno de los cambios más importantes fue la exigencia de un Certificado de Calibración para garantizar que los radares midan la velocidad con precisión.
Como resultado, varios radares fueron desactivados por no cumplir con esta normativa. Por ejemplo: Si te llega una multa de tránsito atribuida a uno de estos radares inhabilitados, puedes y debes impugnarla. La ANT ha sido clara: mientras no se cumpla con el proceso de certificación, las sanciones no tienen validez.
Debes actuar rápidamente. El proceso legal establece un plazo de tres días hábiles desde la recepción de la citación para iniciar el reclamo. A continuación, los pasos: Según el artículo 644 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), si no presentas la impugnación en el plazo correspondiente, se entiende que aceptas voluntariamente la multa. Esto implica:
(I)
¿Qué pasa si recibes una multa durante este periodo?
¿Cómo impugnar una multa por radar inhabilitado?
¿Qué pasa si no impugnas?