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En Guayaquil, se intensificarán los controles para evitar que se arrojen desechos en lugares inadecuados

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Para la minga comunitaria desarrollada en el sector de El Cisne, en un ramal del estero Salado, fue necesaria la coordinación entre la comunidad y las entidades municipales, lo que incluyó el análisis de la tabla de mareas. La actividad se cumplió en el sector del ducto cajón situado en la calle 27 y O’Connor, […]

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Para la minga comunitaria desarrollada en el sector de El Cisne, en un ramal del estero Salado, fue necesaria la coordinación entre la comunidad y las entidades municipales, lo que incluyó el análisis de la tabla de mareas.

La actividad se cumplió en el sector del ducto cajón situado en la calle 27 y O’Connor, donde se esperó que la marea estuviera baja para sacar los desechos grandes arrojados al fondo del estuario.

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Personal de la concesionaria Puerto Limpio se encargó de retirar artículos como partes de vehículos, restos de muebles, basura domiciliaria e inclusive un sanitario, que estaba entre el lodo y piedras del lecho marino.

Vecinos del sector participaron activamente junto a personal de las direcciones de Áreas Verdes y Aseo Cantonal, así como Interagua, la empresa Visolit y representantes del Ministerio de Ambiente. Se procuró además crear conciencia ciudadana sobre la protección de este y los demás ramales del estero Salado que rodean a la urbe porteña.

La basura recolectada fue llevada al campamento de Visolit. Mientras que para su trituración a través de la concesionaria Puerto Limpio, fueron transportados al relleno sanitario.

Pese a que en la zona hay horarios establecidos para la recolección de desechos domiciliarios, los moradores persisten en arrojarlos al espejo de agua produciéndose su contaminación.

Ante aquello, la Dirección de Aseo Cantonal intensificará las inspecciones para detectar a los infractores, quienes reciben una boleta, y a través de las Comisarías Municipales, se procede con la sanción respectiva por incumplirlas ordenanzas.

Las sanciones

Infracciones leves con multa de $ 77,20:

  • Arrojar en la acera los desechos sin utilizar fundas plásticas y/o en recipientes impermeables debidamente cerrados.
  • Lavar o limpiar cualquier objeto en vías y áreas públicas, que origine acumulación o esparcimiento de desechos.
  • Arrojar a la vía pública desechos sólidos no peligrosos desde ventanas o balcones de una edificación.
  • La quema de desechos sólidos no peligrosos en la vía pública, patios o jardines.
  • Tener sucia y descuidada la acera del frente correspondiente a su domicilio, negocio o empresa.
  • Manipular o seleccionar, para efectos de reciclaje, los desechos sólidos dispuestos en la vía pública o cualquier otro sitio no autorizado por la Municipalidad.
  • Arrojar a la vía pública desechos sólidos tales como: colillas, goma de mascar, cáscaras, papeles, envases plásticos o de vidrio o cualquier desperdicio similar, por parte de los transeúntes y vehículos.

Infracciones graves con multa de $ 162,12:

  • Arrojar a la red de alcantarillado desechos sólidos producto del barrido de viviendas, locales comerciales, establecimientos, vías, entre otros.
  • Formar hacinamientos de desechos sólidos no peligrosos en parterres centrales y, en general, en la vía pública.
  • Transitar con vehículos de caja abierta sin la protección necesaria para evitar el derrame de desechos sólidos no peligrosos o cualquier otro material sobre la vía pública.
  • Abandonar objetos de gran volumen en la vía pública (muebles, enseres domésticos, poda de árboles), que ponen en riesgo el mecanismo de compactación del camión recolector.
  • Verter desechos líquidos y colocar excretas en los recipientes retornables o contenedores.

Infracciones muy graves con multa de $ 482,50:

  • Disponer desechos peligrosos dentro de los contenedores del servicio público de aseo y en cualquier otro sitio que no esté autorizado por la Municipalidad, así como su entrega en forma camuflada al sistema ordinario de aseo.
  • Disponer lodos provenientes de la limpieza de canales y del alcantarillado sanitario en los contenedores destinados para el servicio público de aseo.
  • Disponer los desechos de actividades de construcción o demolición dentro de los contenedores del servicio público de aseo, en la vía pública, riberas, playas, quebradas o en cuerpos hídricos.
  • Dejar en la calle residuos sólidos peligrosos generados en los procesos productivos de la industria, desechos corrosivos, tóxicos, venenosos, reactivos, explosivos, inflamables, biológicos, infecciosos, irritantes, patógenos, carcinogénicos, etc.

(I)

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