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Concejo de Quito trabaja en normativa por incumplir el aislamiento por COVID-19

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En los próximos días se tratará, en segundo debate, la ordenanza para sancionar a las personas que incumplan el aislamiento obligatorio por coronavirus en Quito. El pasado martes, los miembros del Concejo Metropolitano conocieron sobre la propuesta, que espera ser aprobada con los aportes y sugerencias de los concejales. Publicidad Además de las sanciones por […]

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En los próximos días se tratará, en segundo debate, la ordenanza para sancionar a las personas que incumplan el aislamiento obligatorio por coronavirus en Quito.

El pasado martes, los miembros del Concejo Metropolitano conocieron sobre la propuesta, que espera ser aprobada con los aportes y sugerencias de los concejales.

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Además de las sanciones por no usar mascarilla en espacios públicos y abandonar el confinamiento, el Municipio deberá implementar un plan que permita el retorno progresivo al trabajo.

Ese documento deberá contener las obligaciones a cumplir en el Distrito, para retornar a las actividades presenciales; así como las jornadas especiales de trabajo y mantener el teletrabajo en los sectores que sea posible.

Por otro lado, las empresas con más de 10 trabajadores se deberán efectuar pruebas de detección del COVID-19 y de haber casos, comunicarlos al Ministerio de Salud. Además, en las áreas comunes deberán regir los protocolos de distanciamiento.

Para las compañías que presten servicios exequiales o funerarios deberán tener el 3% de su área total de inhumación, tumbas o nichos individuales.

Para la “nueva normalidad”, los ciudadanos deberán llevar un cubre boca y nariz, portar obligatoriamente la cédula de ciudadanía, o algún documento que los identifique. Su incumplimiento se sancionará con el 25% de un salario básico unificado ($100), en caso de reincidencia será del 50 % ($200).

En cuanto a la desobediencia al aislamiento del cerco epidemiológico, la AMC tendrá la potestad de emitir las sanciones.

Y en el caso del incumplimiento de la restricción vehicular, como no portar salvoconducto, la AMT emitirá la multa de 50% ($200) del salario básico unificado y retención del vehículo. (I)

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REDACCIÓN

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