Comunidad
Concejo de Quito trabaja en normativa por incumplir el aislamiento por COVID-19
En los próximos días se tratará, en segundo debate, la ordenanza para sancionar a las personas que incumplan el aislamiento obligatorio por coronavirus en Quito. El pasado martes, los miembros del Concejo Metropolitano conocieron sobre la propuesta, que espera ser aprobada con los aportes y sugerencias de los concejales. Publicidad Además de las sanciones por […]
En los próximos días se tratará, en segundo debate, la ordenanza para sancionar a las personas que incumplan el aislamiento obligatorio por coronavirus en Quito.
El pasado martes, los miembros del Concejo Metropolitano conocieron sobre la propuesta, que espera ser aprobada con los aportes y sugerencias de los concejales.
Además de las sanciones por no usar mascarilla en espacios públicos y abandonar el confinamiento, el Municipio deberá implementar un plan que permita el retorno progresivo al trabajo.
Ese documento deberá contener las obligaciones a cumplir en el Distrito, para retornar a las actividades presenciales; así como las jornadas especiales de trabajo y mantener el teletrabajo en los sectores que sea posible.
Por otro lado, las empresas con más de 10 trabajadores se deberán efectuar pruebas de detección del COVID-19 y de haber casos, comunicarlos al Ministerio de Salud. Además, en las áreas comunes deberán regir los protocolos de distanciamiento.
Para las compañías que presten servicios exequiales o funerarios deberán tener el 3% de su área total de inhumación, tumbas o nichos individuales.
Para la “nueva normalidad”, los ciudadanos deberán llevar un cubre boca y nariz, portar obligatoriamente la cédula de ciudadanía, o algún documento que los identifique. Su incumplimiento se sancionará con el 25% de un salario básico unificado ($100), en caso de reincidencia será del 50 % ($200).
En cuanto a la desobediencia al aislamiento del cerco epidemiológico, la AMC tendrá la potestad de emitir las sanciones.
Y en el caso del incumplimiento de la restricción vehicular, como no portar salvoconducto, la AMT emitirá la multa de 50% ($200) del salario básico unificado y retención del vehículo. (I)
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