Proyecto de ley que despenaliza el aborto por violación va al Pleno
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Ecuador

Proyecto de ley que despenaliza el aborto por violación va al Pleno de la Asamblea para su primer debate: ¿cuándo vence el plazo para su discusión?

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Con 8 votos a favor y 2 en contra, la comisión de Justicia y Estructura del Estado de la Asamblea Nacional aprobó el informe para primer debate del proyecto de ley que despenaliza el aborto por violación. El informe del proyecto de "Ley para garantizar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en caso […]

aborto por violación
Foto: Twitter @justiciaan
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Con 8 votos a favor y 2 en contra, la comisión de Justicia y Estructura del Estado de la Asamblea Nacional aprobó el informe para primer debate del proyecto de ley que despenaliza el aborto por violación.

El informe del proyecto de "Ley para garantizar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación", que pasa a primer debate en el Pleno, tuvo los votos en contra de los asambleístas Ricardo Vanegas y Sofía Espín, quienes tras argumentar su negativa se retiraron de la sesión  realizada a las 20:30 de este jueves 2 de diciembre.

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El presidente de la comisión y coordinador de la bancada de ID, Alejandro Jaramillo, detalló el trabajo y análisis que se ha hecho para la construcción del informe para primer debate del proyecto de Ley; los comisionados expresaron su votación razonada respecto a distintos nudos críticos en el texto, informó la comisión en su cuenta en Twitter.

Por su parte, Ricardo Vanegas señaló que se retiraba de la sesión porque en la comisión no se debatieron tres temas clave: "la temporalidad, objeción de conciencia y denuncia".

Plazo para aprobar el proyecto de ley que despenaliza el aborto por violación

Una nota de prensa de la comisión recuerda que la Corte Constitucional analizó la constitucionalidad de los artículos 149 y 150 del Código Orgánico Integral Penal relativos a la penalización del aborto consentido en casos de mujeres víctimas de violación.

El 28 de abril de 2021, la Corte declaró la inconstitucionalidad por el fondo de la frase “en una mujer que padezca de una discapacidad mental” contenida en el artículo 150 numeral 2 del COIP.

La sentencia dispuso que la Defensoría del Pueblo prepare un proyecto de ley que regule la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación. Asimismo, que la Asamblea conozca y discuta el proyecto en el plazo máximo de seis meses, contados desde la presentación del documento.

Es decir, que la Asamblea Nacional tiene plazo hasta el 28 de diciembre para aprobar, en dos debates, que se permita el aborto por violación.

Según explica la comisión de Justicia en su comunicado de prensa, en el proceso de análisis de la propuesta esa entidad "escuchó a cerca de 60 actores sociales, profesionales de la salud, expertos nacionales e internacionales y realizó dos talleres, en los que se recogieron las opiniones de los asistentes especialistas en esta temática".

En el análisis participó la Defensoría del Pueblo, médicos, psicólogos, defensores de los derechos humanos, profesionales en defensa de la vida, empresarios, organizaciones sociales, abogados y constitucionalistas, entre otros, añade.

Asegura además que la Comisión revisó la legislación que tienen otros países en esta materia, como España, Argentina, Panamá, Estados Unidos, Canadá, Uruguay, Chile, Brasil, Bolivia, Colombia, Guayana y Guayana Francesa. (I)

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